Subvenciones

Deducciones del I.R.P.F.

Las personas con posesión de instalaciones de paneles fotovoltaicos podrán deducir entre un 20 % y un 60 % de la inversión total de sus placas, tanto en la vivienda familiar como en una instalación compartida de la que forme parte.

Bonificaciones del I.B.I.

El otro impuesto de carácter municipal sujeto a bonificación es el I.B.I. Estas personas podrán llegar a tener una bonificación de hasta el 50% del total del impuesto durante 5 años, aunque ello dependerá de cada Ayuntamiento.

Bonificaciones del I.C.I.O.

Esta ayuda, que depende de cada Ayuntamiento, es la bonificación del I.C.I.O. (Impuesto sobre Construcciones, Inst.y Obras). En Cataluña será de hasta un 95% del importe total del impuesto.

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